Nuevo índice de referencia para la actualización de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda

Revalorización del precio del alquiler de la vivienda

 

El 25 de mayo de 2023 se publicó la vigente Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda en cuya disposición final primera se regularon medidas para la contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento de vivienda quedando modificada consecuentemente la 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante LAU).

Entre estas modificaciones se viene a añadir a la LAU una Disposición Adicional, numerada como Undécima, mediante la que se encomienda al Instituto Nacional de Estadística (INE) la definición antes del 31 de diciembre de 2024 de un nuevo índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamientos de vivienda.

Dando cumplimiento a este mandato legal, el INE publicó el pasado 20 de diciembre de 2024 la metodología para la determinación del nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda siendo definido como “el valor mínimo entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y del IPC subyacente”. Se reproduce textualmente la definición contenida en la Página Web Oficial del INE –www.ine.es, en el siguiente enlace:
https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736177110&menu=ultiDatos&idp=1254735976607

Y finalmente, el miércoles 2 de enero de 2025 el INE ha publicado el primer índice de referencia, fijándolo en el 2,20%, que resulta aplicable a las rentas que corresponda actualizar durante el presente mes de enero, desde el 1 de enero de 2025 incluido. A partir de ahora se irá publicando y actualizando este índice de forma mensual.

No obstante, cabe señalar que este índice de referencia no resulta aplicable a los contratos de arrendamientos formalizados con anterioridad al 25 mayo de 2023, siendo aplicable en estos casos el índice de referencia para su revalorización que haya quedado recogido en el propio contrato.